Rojina Villegas en el Compendio de Derecho Civil explica que el adulterio de la mujer siempre fue causal de divorcio, pero para los hombres no siempre fue así. En los Códigos Civiles de 1870, 1874 y la Ley de Relaciones Familares para que el adulterio de los hombres fuese una causal de divorcio debía ir acompañado del escándalo: ya sea que el marido ofendía a su mujer, que la adúltera ofendía de palabra o de obra a la esposa, cuando el adulterio se realizaba en la casa conyugal o como consecuencia del concubinato, es decir, una relación sexual continua con otra mujer. El Código Civil vigente equipara el adulterio del hombre y la mujer.
Adulterio
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